La implementación de la Licencia Nacional de Conducir digital y sin vencimiento fue establecida por el decreto 196/2025 y ha sido acompañada por dudas sobre cómo se gestionarán ahora las multas de tránsito impagas. Aunque el documento no caduca, su validez seguirá condicionada a la actualización del estado psicofísico del conductor, lo que impedirá completar el trámite si existen infracciones sin abonar.
Este nuevo sistema fue dispuesto por el Gobierno nacional como parte de una reforma a la Ley de Tránsito 24.449. A partir de ahora, las actualizaciones deberán realizarse cada 5 años para personas de entre 17 y 65 años, cada 3 años para quienes tengan entre 65 y 70, y anualmente para los mayores de 70.
El pago de las infracciones sigue siendo obligatorio para renovar la habilitación, incluso si el formato dejó de ser físico. Desde el Ejecutivo se aclaró que “el trámite no podrá completarse si existen deudas”, algo que también era aplicado en el modelo anterior.
Además, la posibilidad de transferir vehículos sin libre deuda de infracciones fue habilitada, pero las multas no se eliminan: quedan registradas a nombre del infractor original y podrán ser exigidas en futuras gestiones.
La caducidad de las multas también fue aclarada: las faltas leves prescriben a los 2 años, mientras que las graves siguen vigentes durante 5 años. Esto fue ratificado recientemente por la disposición 91/2025 de la ANSV, que actualizó el listado de infracciones graves, entre las que se incluyen:
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- Conducir bajo efectos de alcohol o drogas,
- Exceso de velocidad,
- No respetar semáforos,
- Usar el celular al conducir,
- No usar cinturón o casco.
Aunque en CABA se había extendido el plazo de prescripción de todas las multas a 5 años, esa decisión fue revocada por la Justicia, que determinó que no se puede equiparar una infracción leve con una grave. Hoy, ese criterio de 2 años para las faltas menores rige también en Buenos Aires, Santa Fe, Tucumán y otras provincias. En cambio, jurisdicciones como Salta, Río Negro, Misiones o San Luis mantienen el plazo de 5 años para todas las infracciones.
Cada jurisdicción podrá adherir o no a esta normativa nacional, lo que puede generar diferencias importantes según el lugar de residencia del conductor. Por eso, las políticas de tránsito seguirán siendo determinadas por cada provincia o municipio, aun dentro del marco general fijado por Nación.