De vetarse la ley, lo que le queda al jubilado es ir por la Justicia

Embed – Julia Chara

En diálogo con LV12 Radio Independencia, la abogada previsional Julia Chara, comentó: “La realidad es que hoy tenemos un aumento mensual que está atado a la inflación y que significa para las personas que cobran la mínima un ingreso de 310 mil pesos y 247 mil pesos para las personas que cobran la PUAM y un bono de 70 mil pesos”.

“El aumento aprobado por ley no es alto, es de un 7,2%, para el bolsillo del jubilado no es significativo respecto de la canasta básica y de los gasto que tenemos”, añadió.

Siguiendo esta línea, explicó que pasaría si el presidente Milei decide vetar la ley: “Hoy el aumento de jubilaciones y pensiones está hecho por decreto, no hay una ley de jubilaciones con la que sepamos cuánto va a ser el cálculo, qué es lo que toma el Estado, sabemos que toma el índice de la inflación atrasado, no es el índice del mes corriente, ni del inmediato anterior y con eso establece el aumento”.

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Y continuó: “También hay que ver cómo se calcula la inflación hoy por hoy, cuáles son los índices que tenemos en cuenta. Se está charlando mucho también cuando calculamos la inflación los índices de aumento de servicios, que es lo que lo que los ciudadanos hemos tenido en mayor aumento durante estos últimos años”.

No se toma con importancia el haber pasado por un aumento de la luz o del gas o de servicios realmente importantes. Entonces, cuando vamos a medir el aumento real de la inflación o el aumento real de la canasta básica. Lo cierto es que el 1.1 o el 1.5 % que aumentan las jubilaciones, no alcanza a cubrir el aumento real del día a día. No se toma con importancia el haber pasado por un aumento de la luz o del gas o de servicios realmente importantes. Entonces, cuando vamos a medir el aumento real de la inflación o el aumento real de la canasta básica. Lo cierto es que el 1.1 o el 1.5 % que aumentan las jubilaciones, no alcanza a cubrir el aumento real del día a día.

“Hoy los jubilados están teniendo una perdida, que ni siquiera esta ley que fue aprobada alcanzaría a organizar o reconocer para darle al jubilado el mismo poder adquisitivo o la misma posibilidad de cubrir, por ejemplo, los medicamentos. Sabemos que la mayoría de los jubilados tiene PAMI y dentro muchos de los medicamentos que eran reconocidos como gratuitos o que tenían una cobertura del 70%, han sido quitados de las prestaciones y por lo tanto, la canasta básica real de un jubilado ha subido más que de cualquier persona que no tiene ese gasto diario o esa ingesta diaria del medicamento”, añadió.

¿Qué se debería hacer si Milei veta la ley?

En este sentido, contó que en caso de que la ley se vete, los jubilados deberán ir por la vía legal: “De vetarse la ley, que entiendo que va a ser así por como se ha manifestado el presidente, lo que le queda al jubilado es ir por la Justicia, es decir, hacer una revisión de la fecha de la jubilación, de cuáles han sido sus aportes contributivos, de cuánto han sido sus aportes, cómo ha aportado y en ese sentido hacer un cálculo para ver si corresponde hacer un pedido de reajuste o plantear la inconstitucionalidad de la ley de movilidad anterior para que la jubilación realmente se aumente”.

Los niños y los adultos mayores son una de las partes más vulnerables de nuestra sociedad y al momento de fallar la Justicia, lo tiene que tener en cuenta y aplicar la perspectiva de cómo hace esa persona pasiva, es decir que no tiene posibilidad de tener otro ingreso porque ya no tiene posibilidades de trabajar, para subsistir o para cubrir sus necesidades básicas.

Respecto al plazo de demora : “Dentro de nuestra Justicia los tiempos están acomodándose, se están acelerando, por supuesto que hay diferentes tipos de planteos, depende de cada jubilado en particular, pero nosotros siempre estamos presentando la demanda con el calculo de reajuste, esa demanda va a tener una sentencia y después se va a tener que hacer una ejecución de esa sentencia si es que el estado no cumple y hay desde el año pasado una disposición del estado de que las sentencias más nuevas sobre todo, dentro de los 120 días se deberían pagar”.

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